#6997
Artículo 319

Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de dieciséis años que con el consentimiento de los padres viviere independientemente de éstos. Los padres podrán revocar este consentimiento.

Artículo 319 redactado por Ley 11/1981, 13 mayo («B.O.E.» 19 mayo), de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio.
Por mj90
#7050
LaGalle, a partir de los 14 años de edad un menor puede casarse con consentimiento de sus padres, por lo tanto se emancipa. En el libro los 16 años no venían con opción del test, sin embargo los 14 si, y el tutor que nos guiaba durante el curso, nos dijo que la opción correcta eran los 14 años. Gracias por tu comentario.
#17768
mj90 escribió:LaGalle, a partir de los 14 años de edad un menor puede casarse con consentimiento de sus padres, por lo tanto se emancipa. En el libro los 16 años no venían con opción del test, sin embargo los 14 si, y el tutor que nos guiaba durante el curso, nos dijo que la opción correcta eran los 14 años.
La Ley 15/2015, de 2 de julio, ha modificado artículo 48 del Código Civil, eliminado la dispensa matrimonial de edad. En vez de:
-El Juez de Primera Instancia podrá dispensar, con justa causa y a instancia de parte, los impedimentos del grado tercero entre colaterales y de edad a partir de los catorce años. En los expedientes de dispensa de edad deberán ser oídos el menor y sus padres o guardadores.
Ahora es:
-El Juez podrá dispensar, con justa causa y a instancia de parte, mediante resolución previa dictada en expediente de jurisdicción voluntaria, los impedimentos de muerte dolosa del cónyuge o persona con la que hubiera estado unida por análoga relación de afectividad a la conyugal y de parentesco de grado tercero entre colaterales.
Así que a partir de 02/07/2015 la respuesta oficialmente correcta es: "La edad mínima para emanciparse es de 16 años". Y la opción correcta del test, por lo consiguiente, es la de 18 años.