#5708
Yo tengo una duda con una pregunta del tema 6, dice lo siguiente:

En la resolución de antinomias, el criterio de especialidad prevalece sobre: (según test da por buena la de respuesta de, jerárquico y cronológico).
Mirando el libro encuentro lo siguiente:
"el criterio jerárquico debe primar sobre los otros dos; en caso de que dicho criterio no sea aplicable, se plantearía, entre el criterio cronológico y el de especialidad, y prevalecerá el segundo sobre el primero.
Leyendo esto, doy por buena la respuesta que habla solo del cronológico.

Espero que se me pueda resolver la duda, un saludo y muchas gracias por los test!
#5720
hola buenos dias, segun estado realizando el test del tema 6, para mi parecer hay un par de errores, la vinculatoriedad de las normas juridicas significa: la respuessta que da por valida el test es la de relación o incluso entre dos sujetos, y para mi según el temario es que los destinatarios deben cumplirla obligatoriamente, y la pregunta que dice el criterio de especialidad prevalece sobre: el test da la respuesta El jerarquice y cronológico y según el libro para mi parecer es el cronológico, por favor mirarlo para si no es así y me estoy equivocando, que siempre es bueno de cara a los exámenes de la UNED
Por mj90
#5734
Yo solo puedo deciros que según mi tutor esas son las válidas, todos los test los hice y corregí con él... la de especialidad según recuerdo que me dijo es que contra más especialidad de la norma más concreta es y prevalece. Y la otra me dijo que era así. Siento no poder ayudaros.
#5735
En el test 9 hay varias respuestas que quisiera que me aclarasen porque tengo entendido otra cosa según el libro, cuando puede emanciparse un joven y según el libro 16 años, y el test te pone 14 y sobre los extranjeros, si tienen los mismos derechos que los españoles según el libro dependiendo de lo que diga la ley y los tratados y el test pone que si, textualmente
#5752
Muchas gracias por colgar los nuevos test.

Para fofii25, se puede emancipar a partir de los 16, eso es verdad, pero aunque no se dice, mi profesor, nos dijo que un chico o chica se puede casar a los 14 años y ahí entra como si se emancipara a los 16.
Si no se casa se emancipa a los 16. Pero si se casa, consentimiento previo de los padres, su emancipación comienza en ese momento. Con lo cual, yo diría que la respuesta está bien,
#5758
El jueves 31 de octubre de 2013 se aprobo en consejo de ministros la modificación del código civil de subir la edad mínima para contar matrimonio de 14 a 16 años.Con la reforma desaparece también la posibilidad que permitía a los menores de 16 años emanciparse de sus padres o tutores al contraer matrimonio. Ahora, ambas edades se fijan en 16 años. Con ese límite, los menores pueden obtener la emancipación y regir su persona y sus bienes como si fueran mayores de edad. Solo precisan el permiso de sus padres o tutores para pedir un préstamo o transmitir bienes. Los mayores de 16 años pueden emanciparse con el acuerdo de sus tutores, al casarse o si acuden a la justicia para solicitarlo.
Asi que Torcuato la edad es 16 años
#5767
Y lo del tema de los extranjeros, tema 9, para mí está clarísimo. Tienen los mismos derechos que los españoles dependiendo de lo que dispongan las Leyes especiales y los Tratados. Esto va relacionado a que los países suelen conceder derechos en reciprocidad de los que se reconozcan para sus nacionales. Muchas gracias por la aportación